Buceo Profesional

     El buceo profesional, es aquel que permite, según la Legislación vigente, realizar trabajos submarinos por los que se va a recibir una compensación económica.

     La normativa Estatal en materia de buceo profesional ha quedado supeditada a la de las Comunidades Autónomas, de forma que en cada Comunidad, existen normas específicas para los trabajos submarinos. Algunos ejemplos de esta Legislación son:

       

COMUNIDAD AUTÓNOMA

PUBLICACIÓN
VALENCIA   (DOCV) DECRETO 162 de 17 de septiembre de 1999
CATALUÑA   (DOGC) DECRETO 265/2003 de 21 de octubre
ANDALUCIA   (BOJA) DECRETO 28/2002 de 29 de enero
GALICIA    (DOCG) ORDEN 23 de abril de 1999
BOE ORDEN de 14 de octubre de 1997
BOE ORDEN  de 20 de julio de 2000


La formación en Buceo Profesional, está estructurada en:

  • Buceador de segunda clase restringido
  • Buceador de segunda clase
  • Buceador de primera clase
  • Buceador de profesional de pequeña profundidad  
  • Buceador profesional de gran profundidad de intervención 
  • Buceador profesional de gran profundidad a saturación
  • Buceador Instructor
  • Formador de buceo 
  • Jefe de complejo hiperbárico.
  • Técnico de Buceo de Media Profundidad
  •          Podrás encontrar las competencias de los diferentes títulos en:  www.gencat.net/darp

         Debes tener en cuenta que los cursos enumerados no se imparten en todas las Comunidades Autónomas, normalmente se vienen desarrollando los cursos de:

                * Buceador Profesional de Pequeña profundidad (unas 250h)

                * Técnico de Buceo de Media Profundidad (Ciclo medio de FP de 2 años)

    Algunos sitios donde puedes formarte como buceador profesional:

    http://www.centroactividadesnauticaspuertodemalaga.com/

    http://www.centrojovellanos.com/

    http://www.gobiernodecanarias.org/educacion/planes/centro.asp?id=21&nivel=5

    http://www.infonegocio.com/maritimopesquero-laspalmas/

    http://www.gobcantabria.es/portal/page

    http://www.cris.es/ebintro.asp

    http://www.gencat.net/darp/c/pescamar/ecnpc/cecnpc00.htm

    http://www.cult.gva.es/dgcd/dgcdtemp/ceguia.htm

              Hasta hace poco, si obtenias un título de Buceador Profesional en una Comunidad Autónoma, y querías trabajar en otra, debias tramitar la homologación de tu título en esa Comunidad. Poco a poco esto está cambiando y ya son muchas las Comunidades Autónomas que aceptan las certificaciones de otras.

              El Ciclo Formativo de grado Medio de “Técnico de buceo de media profundidad” es válido en todo el territorio del Estado.

              Ahora ya sabes que si quieres trabajar como buceador, tienes varias posibilidades; cursos elementales desde 4 semanas, hasta ciclos de 2 años. No te desanimes y adelante. 

     



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